Definición de procedimientos

  • Adaptación: La adaptación de créditos implica la aceptación por la Universidad Autónoma de Madrid de los créditos correspondientes a estudios previos al R.D. 1393/2007 (estudios anteriores a la implantación de los nuevos Grados), realizados en esta Universidad o en otras distintas.
  • Convalidación: La convalidación de créditos implica que, en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, la Universidad Autónoma de Madrid incorporará aquellas asignaturas que se consideren equivalentes en contenido y carga lectiva con asignaturas superadas en otros estudios universitarios oficiales.
  • Reconocimiento: El reconocimiento de créditos ECTS implica la aceptación por la Universidad Autónoma de Madrid de los créditos ECTS que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras enseñanzas distintas a efectos de la obtención de un título oficial.
  • Transferencia: La transferencia de créditos ECTS implica que, en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, la Universidad Autónoma de Madrid incluirá la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.
En los ficheros disponibles puede consultarse la normativa sobre reconocimiento y transferencia.

Solicitud

  • Período de solicitud de reconocimiento de créditos para el curso 2023-24:
    • Primera fase (estudiantes matriculados de segundo a cuarto): Hasta el 9 de junio de 2023
    • Segunda fase (estudiantes de nuevo ingreso): Hasta el 15 de septiembre de 2023
  • Deberá enviar a escuelaenfermeriafjd@quironsalud.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva la siguiente documentación:
    • La solicitud que encontrará en este enlace cumplimentada.
    • Certificado Académico Personal de estudios cursados.
    • Programas de las asignaturas cursadas y selladas por la facultad de origen para las que se solicita reconocimiento de créditos.
    • Plan de estudios cursado y sellado en universidad de origen.