Definición de procedimientos

  • Adaptación: La adaptación de créditos implica la aceptación por la Universidad Autónoma de Madrid de los créditos correspondientes a estudios previos al R.D. 1393/2007 (estudios anteriores a la implantación de los nuevos Grados), realizados en esta Universidad o en otras distintas.
  • Convalidación: La convalidación de créditos implica que, en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, la Universidad Autónoma de Madrid incorporará aquellas asignaturas que se consideren equivalentes en contenido y carga lectiva con asignaturas superadas en otros estudios universitarios oficiales.
  • Reconocimiento: El reconocimiento de créditos ECTS implica la aceptación por la Universidad Autónoma de Madrid de los créditos ECTS que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras enseñanzas distintas a efectos de la obtención de un título oficial.
  • Transferencia: La transferencia de créditos ECTS implica que, en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, la Universidad Autónoma de Madrid incluirá la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.
En los ficheros disponibles puede consultarse la normativa sobre reconocimiento y transferencia.

Solicitud

  • Período de solicitud de reconocimiento de créditos para el curso 2024-25:
    • Primera fase (estudiantes matriculados de segundo a cuarto): Desde el 27 de mayo hasta el 7 de junio de 2024
    • Segunda fase (estudiantes de nuevo ingreso): Desde el 2 al 15 de septiembre de 2024
  • Primero debe registrar su solicitud en este enlace:
  • Acontinuación deberá enviar a escuelaenfermeriafjd@quironsalud.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva la siguiente documentación:
  • Para reconocimiento de estudios previos:
    • Certificado Académico Personal de estudios cursados.
    • Programas de las asignaturas cursadas y selladas por la facultad de origen para las que se solicita reconocimiento de créditos.
    • Plan de estudios cursado y sellado en universidad de origen.
  • Para reconocimiento de actividades culturales y demás:
    • Certificado con equivalencia en ECTS o
    • Certificado de idioma distinto al castellano según artículo nº4 de la normativa de reconocimiento de actividades culturales